Ética

ACOP URUGUAY

REGLAMENTO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL COACH ONTOLOGICO

Deberes del Coach ante sus colegas:

El conjunto de reglas que se describen a continuación, pretende enmarcar las interacciones entre colegas Coaches con el fin de procurar un relacionamiento armónico entre estos, alineado con el propósito del Coaching de acompañar los procesos de transformación de las personas, apoyándose en sus valores y ayudándolos a descubrir nuevos caminos que les permitan alcanzar sus metas.

1) No competir con los colegas mediante concesiones en el importe de los honorarios, u ofreciendo cualquier otra ventaja que configure una competencia desleal.

2) No sustituir a un colega en un trabajo profesional iniciado tanto sea personal o empresarial, ni concurrir a competir en lugar donde ya ejerza un colega, sin consentimiento del mismo, o en su defecto, anuencia de la FICOP Nodo Uruguay.

3) No aprovechar una posición dominante proveniente de su condición de funcionario público o privado jerarquizado o con cometidos relevantes a la tarea de sus colegas, para procurarse para sí o para un tercero trabajos profesionales por fuera de la sana competencia profesional.

4) Oponerse a toda gestión o acción susceptible de perjudicar en forma injusta, directa o indirectamente a un colega.

5) Mantenerse objetivo y cortés en la crítica de la actividad de sus colegas, aceptando la que, con el mismo espíritu, se haga de la suya. Toda crítica deberá ser fundamentalmente constructiva.

6) Cuando colaboran en su trabajo colegas más jóvenes, hacerles participar de su experiencia y ayudarles a obtener la posición que corresponda a sus capacidades.

7) Retribuir con parte adecuada de sus honorarios a los colegas que llame a colaborar, y hacerles figurar en cartelera y publicidad si su intervención lo justificarse.

8) Brindar a los colegas que recurren a su consejo, todo su saber y experiencia.

9) Respetar y tratar como corresponde a su calidad de colegas, a los Coaches que se hallen ligados a él por una organización funcional, tanto sea privada o pública.

10) Proceder como Coach superior jerárquico en forma que no desprestigie, menoscabe o deprima a colegas que ocupan cargos subalternos, sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias que pudieran existir. El Coach inferior jerárquico está con respecto al Superior en la misma obligación. Ambos deberán mantener el principio de que son colegas antes que funcionarios. En este sentido, deberán defender siempre la independencia de su opinión especializada.

11) Recurrir a ACOP para dirimir las diferencias que tuviera con sus colegas, la cual actuará conforme lo establecido en estatutos.